Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
13-10-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121013-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

56
Demanda 800 de 2011

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 800 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Noelia Huertas Martínez, contra la empresa “Natursuelos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 11 de septiembre de 2012.—Visto por mí, don Juan Alonso Boggiero, ilustrísimo magistrado-juez de lo social del número 13 de Madrid, el anterior escrito solicitando aclaración de sentencia, dicto la siguiente resolución:

Acuerdo: Aclarar la sentencia dictada en las presentes actuaciones y en su virtud:

Donde dice:

«Estimando la demanda interpuesta por doña Noelia Huertas Martínez, frente a la empresa “Natursuelos, Sociedad Limitada”, debo:

1.o Declarar improcedente el despido practicado con efectos del 1 de junio de 2011.

2.o Declarar extinguida la relación laboral con efectos del 24 de noviembre de 2011.

3.o Condenar a la empresa “Natursuelos, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a doña Noelia Huertas Martínez la cantidad de 390,15 euros en concepto de indemnización y la de 508,64 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido (1 de junio de 2011) hasta la de la extinción de la relación laboral (24 de noviembre de 2011).»

Debe decir:

«1.o Declarar improcedente el despido practicado con efectos del 1 de junio de 2011.

2.o Declarar extinguida la relación laboral con efectos del 24 de noviembre de 2011.

3.o Condenar a la empresa “Natursuelos, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a doña Noelia Huertas Martínez la cantidad de 4.750,65 euros en concepto de indemnización y la de 6.193,44 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido (1 de junio de 2011) hasta la de la extinción de la relación laboral (24 de noviembre de 2011).»

Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno distinto del que cabe contra la sentencia.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Natursuelos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.824/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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