Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
10-10-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121010-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

194
Ejecución 268 de 2010

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 268 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Bernard Andrici, don Héctor Arturo León Briceño, don Lorenzo del Rey García, don Martín González González, don José del Carmen Jiménez Rosario y don Wilson Reyes Pineda, contra la empresa “Personal de Obra Inmediato, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 7 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Personal de Obra Inmediato, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 23.490,32 euros (correspondiendo a don Martín González González la cantidad de 5.090,87 euros, a don José del Carmen Jiménez Rosario la cantidad de 5.234,59 euros, a don Bernard Andrici la cantidad de 3.079,10 euros,a don Héctor Arturo León Briceño la cantidad de 3.285,89 euros, a don Lorenzo del Rey García la cantidad de 2.792,98 euros y a don Wilson Reyes Pineda la cantidad de 4.006,89 euros). Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución, una vez firme, al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Expídase testimonio de la sentencia, del auto despachando orden general de ejecución, del decreto de embargo y de la presente resolución, así como copia sellada de la demanda, que se entregarán a la parte ejecutante para su presentación al Fondo de Garantía Salarial, una vez firme este decreto.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación, haciéndose saber que deberá consignarse previamente a la interposición del recurso indicado el depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, con el número 2708/ 0000/30/0268/10, entidad 0030, agencia 1033, sita en la calle Princesa, número 3, de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiendo acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tengan reconocido el beneficio de justicia gratuita, quedando también exentos de dicho depósito el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Personal de Obra Inmediato, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.400/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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