Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2012

Sección 1.4.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121001-53

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2012, de la Dirección General de Inmigración, por la que se acuerda la notificación por medio de anuncios en los procedimientos pendientes de justificación y reintegro de subvenciones.

Intentada la notificación en el domicilio de los interesados en los procedimientos señalados en el Anexo, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC), no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a requerir la comparecencia de los representantes legales de las citadas entidades para hacerse cargo de la notificación indicada, en las dependencias de la Subdirección General de Programas de Integración de la Dirección General de Inmigración, sita en la calle Los Madrazo, número 34, de Madrid, planta segunda, de lunes a viernes (excepto festivos), de nueve a catorce horas, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, se informa que también se procede a la inserción del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido de las entidades que conste en sus respectivos expedientes.

De no comparecer en el plazo señalado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del mismo.

Madrid, a 31 de agosto de 2012.—El Director General de Inmigración, Pablo Gómez Tavira.

ANEXO

— Resolución de 14 de agosto de 2012, de la Dirección General de Inmigración, por la que se acuerda el reintegro total de la subvención concedida y abonada a la Asociación Filipina de Madrid, AFIMA (NIF G-85322345), para la realización del proyecto “Talleres a jóvenes inmigrantes filipinos”, en el área de atención a la población inmigrante en la Comunidad de Madrid durante el año 2009 (expediente 2009PP0843), y se establece la cuantía a reintegrar en concepto de intereses de demora.

— Resolución de 14 de agosto de 2012, de la Dirección General de Inmigración, por la que se acuerda el reintegro parcial de la subvención concedida y abonada a la Asociación Provincial de Lojanos residentes en España, APLORE (NIF G-85205839), para el apoyo al funcionamiento de asociaciones de inmigrantes en la Comunidad de Madrid durante el año 2009 (expediente 2009NC0137), y se establece la cuantía a reintegrar en concepto de intereses de demora.

— Resolución de 14 de agosto de 2012, de la Dirección General de Inmigración, por la que se acuerda el reintegro total de la subvención concedida y abonada a la Asociación de Trabajadores Marroquíes en España, ATIME (NIF G-79268785), para la realización del proyecto “Grupo de cooperación: Prevención de la discriminación magrebí en la educación”, contra el racismo y la intolerancia en la Comunidad de Madrid durante el año 2009 (expediente 2009RC0358), y se establece la cuantía a reintegrar en concepto de intereses de demora.

— Resolución de 14 de agosto de 2012, de la Dirección General de Inmigración, por la que se acuerda el reintegro total de la subvención concedida y abonada a la Asociación Intercultural de Mujeres Gitanas Yerbabuena Romí (NIF G-83321794), para la realización del proyecto “Entrelazando culturas contra la intolerancia”, contra el racismo y la intolerancia en la Comunidad de Madrid durante el año 2009 (expediente 2009RC0544), y se establece la cuantía a reintegrar en concepto de intereses de demora.

(03/30.844/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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