Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120904-33
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 69
EDICTO
Doña Ángeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid.
Hago saber: Que en los autos de ordinario seguidos en este Juzgado con el numero 880 de 2007, se ha dictado sentencia número 83 de 2011, por la ilustrísima doña María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de esta ciudad, se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes a los demandados rebeldes, cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 83 de 2011
Fallo
Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora doña Lourdes Fernández-Luna Tamayo, en representación de doña Mar García Baltasar, doña Paloma Narváez Martín, don Valeriano Jiménez Caballero, doña María Soledad Martín Sánchez, doña Pilar Corcuera Gómez, doña Mercedes García Pozo y doña Elena María Armiñán Jordán, contra la comunidad de propietarios de la casa número 16 de la calle San Lorenzo de Madrid, representada por la procuradora doña Macarena Rodríguez Ruiz, contra don José Romero Martín, representado por el procurador don Gabriel de Diego Quevedo, y contra don Victoriano Fernández Rodríguez, doña Amalia García Salas, doña María Dolores Vallejo Nájera Botas, “Foliasa 88, Sociedad Anónima”, doña María del Rosario Herranz Elorza, doña Esperanza Fernández Jiménez, don Miguel Ángel Lasa Manceñido, doña Pilar Grande Galindo, doña Antonia Corrales Macías, don Manuel Portillo Meléndez, doña Isabel Portillo Meléndez, doña Teresa Portillo Meléndez, doña Laura Portillo Meléndez, don Castro Gonaélez Páramo Rodríguex, don Horacio Gómez Gamero, doña Simeona Atienza Encarnación, don José Luis González Ferreras, doña Elisa Sanz Terán, doña Elena Campos González, don David Emilio Antón Díaz, doña Soledad Noguerales Hernández, don José Luis Grau Castillo, doña Josefa Grado Gonzalo, don Miguel Pérez Álvarez, doña María Rita Martín Estalayo, doña Teresa Morcuende Castañar, don Amador Ariza Navas, doña Ángeles Martín Tamayo, doña María Susana Arrojo Sánchez, don Manuel Jesús Cuesta Udias, don Jose Antonio González Casas, don Alberto Martín Fernández, doña María del Pilar Llamas Martín, don Juan Manuel Martija Berasategui, doña Rebeca Martínez Berganzo, doña Gema Judit Pérez Esteban, doña María Lucinda Torre Cañal, doña Diana Paz Enríquez Salamanca, doña Susana Baeza Campoy, don Manuel Cantillo Blázquez, doña Juana Andrés García, doña Carmen Clavo Chamorro, don Juan José Martínez García, doña María Alejandra Fernández Ackerley y doña Francisca San Atilano Sanz, declarados en situación procesal de rebeldía, sobre impugnación de acuerdos comunitarios y otras acciones acumuladas, y en consecuencia:
1. Declaro que los coeficientes de participación de los distintos pisos que conforman el inmueble y que figuran en el título constitutivo están incorrectamente calculados. A) en relación con la comunidad de propietarios codemandada.
2. Declaro la nulidad el título de división horizontal en lo que se refiere a la superficie de los pisos que conforman el inmueble de la calle San Lorenzo, número 16, así como la nulidad de los coeficientes de participación en los elementos comunes fijados en el mismo para cada uno de los pisos.
3. Declaro que la superficie de cada uno de los pisos integrantes de la citada comunidad es la que figura en el informe elaborado por el perito don Antonio Bustos García de Castro.
4. Declaro que los nuevos coeficientes correspondientes a cada piso integrante de la comunidad de propietarios de la calle San Lorenzo, número 16, de Madrid, han de ser los que constan en el cuadro obrante en el fundamento de derecho séptimo de esta sentencia, ordenando su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.
5. Declaro que las cuotas que se establezcan para el pago de gastos comunes a partir de esta sentencia se realicen de conformidad con los nuevos coeficientes de participación.
6. Condeno a la comunidad de propietarios codemandada a estar y pasar por tales declaraciones.
7. Ordeno la cancelación de las inscripciones causadas como consecuencia de los coeficientes referidos y que por virtud de esta sentencia se modifican, estableciendo la obligación de pago de todos los gastos que ocasiones la modificación registral de los coeficientes, a todos los propietarios de manera proporcional a sus nuevas cuotas.
8. Condeno a todas las personas físicas codemandadas a estar y pasar por las anteriores declaraciones.
9. Absuelvo a todos los demandados en cuanto al resto de lo pedido en la demanda.
10. Declaro no haber lugar a especial pronunciamiento en cuanto a las costas derivadas del presente procedimiento.
Líbrese mandamiento al Registro de la Propiedad número 28 de Madrid a los efectos consiguientes.
Contra esta sentencia, cabe interponer recurso de apelación, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse por escrito presentado en este Juzgado, en el plazo de cinco días siguientes a su notificación. Para su admisión a trámite será necesario en todo caso que al tiempo de preparar el recurso la recurrente haya constituido el depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado de “Banesto” número 28890000-02 y en la cuenta expediente correspondiente, debiendo acreditar tal extremo mediante resguardo del ingreso o transferencia que deberá acompañar al escrito de preparación del recurso, que sin ello no será admitido a trámite.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio literal para su unión a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación
La sentencia que antecede ha sido dictada, leída y publicada por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe, en acto de audiencia pública celebrado en el mismo día de su fecha.—Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de don Victoriano Fernández Rodríguez, doña Amalia García Salas, doña María Dolores Vallejo Nájera Botas, “Foliasa 88, Sociedad Anónima”, doña María del Rosario Herranz Elorza, doña Esperanza Fernández Jiménez, don Miguel Ángel Lasa Manceñido, doña Pilar Grande Galindo, doña Antonia Corrales Macías, don Manuel Portillo Meléndez, doña Isabel Portillo Meléndez, doña Teresa Portillo Meléndez, doña Laura Portillo Meléndez, don Castro Gonaélez Páramo Rodríguex, don Horacio Gómez Gamero, doña Simeona Atienza Encarnación, don José Luis González Ferreras, doña Elisa Sanz Terán, doña Elena Campos González, don David Emilio Antón Díaz, doña Soledad Noguerales Hernández, don José Luis Grau Castillo, doña Josefa Grado Gonzalo, don Miguel Pérez Álvarez, doña María Rita Martín Estalayo, doña Teresa Morcuende Castañar, don Amador Ariza Navas, doña María Susana Arrojo Sánchez, don Manuel Jesús Cuesta Udias, don Jose Antonio González Casas, don Alberto Martín Fernández, doña María del Pilar Llamas Martín, don Juan Manuel Martija Berasategui, doña María Lucinda Torre Cañal, doña Diana Paz Enriquez Salamanca, doña Susana Baeza Campoy, don Manuel Cantillo Blázquez, doña Juana Andrés García, don Juan José Martínez García, doña María Alejandra Fernández Ackerley y doña Francisca San Atilano Sanz, y para que sirva de notificación en forma a los referidos demandados y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
Madrid, a 19 de enero de 2012.—La secretaria (firmado).
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