Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
01-09-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120901-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

135
Demanda 539 de 2012

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 539 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ángel Pedraza Estefanía, contra la empresa “Grupo Logístico Largo, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que debo dictar sentencia con los siguientes pronunciamientos:

1. En relación al despido: que estimando íntegramente la demanda de despido interpuesta por don José Ángel Pedraza Estefanía, contra “Grupo Logístico Largo, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha 18 de abril de 2012 del que el demandante fue objeto, condenando a la demandada “Grupo Logístico Largo, Sociedad Limitada Unipersonal”, y subsidiariamente al Fondo de Garantía Salarial con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, a pagar al demandante don José Ángel Pedraza Estefanía las siguientes cantidades:

Indemnización: 685,50 euros.

Salarios de tramitación: 5.253,29 euros.

Declarando extinguida la relación laboral que les unía con efectos del día 1 de agosto de 2012.

2. En relación a la reclamación de cantidad: que estimando parcialmente la demanda de cantidad interpuesta por don José Ángel Pedraza Estefanía, contra “Grupo Logístico Largo, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a “Grupo Logístico Largo, Sociedad Limitada Unipersonal”, a pagar a don José Ángel Pedraza Estefanía la cantidad de 3.217,35 euros por los conceptos que se detallan en el hecho probado sexto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Logístico Largo, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de agosto de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.125/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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