Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
01-09-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120901-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Ejecución 161 de 2012

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 161 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Noelia Nieto Rodado, contra la empresa “Jerónimos 2010 Distribución, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Jerónimos 2010 Distribución, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 27.725,16 euros de principal, más 4.505 euros de intereses y costas provisionales. Esta insolvencia se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

c) Remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el tribunal que hubiere dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y 551.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir hacer un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado con número 2516 en “Banesto”, oficina 1033, de la calle Princesa, número 3.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios:

Transferencia: oficina de “Banesto”, sucursal 1033.

Beneficiario: Juzgado de lo social número 18 (cuenta número 2516).

Número de cuenta: 0030/1033/40/0000000000 (si falla con 9999999999).

Observaciones: número de ejecución y persona que consigna.

Hágase entrega de testimonio a la parte ejecutante, previa solicitud de la misma mediante escrito, para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerdo, mando y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jerónimos 2010 Distribución, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.138/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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