Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120901-93
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial en funciones del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 554 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Máller Moreno, contra la empresa “Comercial Europea de Climatización, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 23 de julio de 2012, cuyo contenido es del tenor siguiente:
Auto
En Madrid, a 23 de julio de 2012.—En atención a lo expuesto,
Dispongo: Acuerdo haber lugar a la aclaración instada y, en su virtud, la parte dispositiva de la sentencia de 4 de julio de 2012 recaída en los presentes autos debe decir lo siguiente:
«Que estimando la demanda interpuesta por doña Beatriz Máller Moreno, contra la empresa “Comercial Europea de Climatización y Distribuciones, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de doña Beatriz Máller Moreno acordado con efectos del día 11 de abril de 2012, así como se declara resuelta la relación laboral mantenida por ambas partes, condenando a la demandada a que indemnice a la actora en 38.594,70 euros correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por la trabajadora, computados desde el 1 de abril de 1992 hasta el 11 de febrero de 2012, y desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 3/2012 hasta la fecha de la presente resolución (4 de julio de 2012), a razón de treinta y tres días de salario por año trabajado.
Igualmente, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.455,30 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores».
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Joaquín Castro Colás.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Comercial Europea de Climatización, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 27 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/28.059/12)