Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120901-89
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.487 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Agustina Gómez Calvo, don Héctor Hugo Gavica Plúas, doña María Gema Marín Gallego, doña Isabel Magro Elvira, doña María Remedios Romero Blanco, doña María Soledad Casanova Palmerín, doña María del Mar Nieto Alonso, don Rafael Manuel Endara Manosalvas, doña María Paz Arnal González, doña María Teresa Barrera Luchena, don Luis Miguel Jambrina Velasco, don Isidro Agustín Guaylupo Roncal, don Alfonso Acero García, doña María dolores Mateo García, doña Berta María Moreno Aguado, doña María del Carmen Martín Moreno, doña Begoña del Valle Díaz, doña Concepción Álvarez Gómez y don Ammar Zakaria, contra las empresas “Promociones Parla, Sociedad Anónima”, “Celu Management, Sociedad Limitada”, “Partner Hotels & Inns, Sociedad Limitada”, “Roficasa, Sociedad Anónima”, “Villamorey, Sociedad Anónima”, “Costa Marina Marbella, Sociedad Anónima”, “Aquaria Grupo Hotelero, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Habida cuenta que con el desistimiento parcial se vulneraría el artículo 25.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, causando indefensión al resto de los demandantes que no han desistido de las otras demandadas, acuerdo:
De conformidad con lo establecido en el artículo 240.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se concede audiencia a las partes a fin de que en el plazo de cinco días aleguen sobre la posible nulidad de actuaciones en función a lo expresado en el párrafo primero.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Partner Hotels & Inns, Sociedad Limitada”, “Roficasa, Sociedad Anónima”, “Villamorey, Sociedad Anónima”, “Costa Marina Marbella, Sociedad Anónima”, y “Aquaria Grupo Hotelero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 25 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
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