Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
22-08-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120822-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

100
Ejecución 73 de 2011

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 73 de 2011 y acumulada de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Chico Casado y doña Laura González Torremocha, contra la empresa “José Banús, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de embargo de inmuebles, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Se acuerda:

a) El embargo de las fincas números 17.122, 17.123 y 17.131 que consta como propiedad de “José Banús, Sociedad Anónima”, para responder de la cantidad de 48.549,92 euros de principal, más 7.767,96 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Juan Chico Casado y doña Laura González Torremocha.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas o gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado. Todo lo anterior se hará una vez sea firme la presente resolución.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este decreto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “José Banús, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.109/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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