Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
22-08-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120822-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

71
Demanda 187 de 2011

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 187 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel Rojas Acosta, doña Edelmira Ramos García y don Jesús Pazos Jiménez, contra la empresa “New Plastic Solutions, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 16 de julio de 2012.

Parte dispositiva:

No ha lugar a despachar la ejecución interesada respecto a la mercantil demandada “New Plastic Solutions, Sociedad Limitada”, al encontrarse en situación de concurso por el Juzgado de lo mercantil número 12 de Madrid (procedimiento concursal número 987 de 2010, concurso necesario abreviado por auto de fecha 6 de abril de 2011), constando que dicho procedimiento continúa en tramitación.

Todo ello sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda dar a los créditos declarados en la sentencia recaída, a cuyo fin podrá comunicarse la existencia de dichos créditos ante la magistrada-juez del concurso donde se sigue el procedimiento concursal de la empresa demandada.

Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda y sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Ana Victoria Jiménez Jiménez.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta 2509/0000/00/0187/11, en la entidad bancaria “Banesto”, agencia 1033, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/40/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2509, el número de procedimiento y la persona que hace el ingreso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “New Plastic Solutions, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.102/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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