Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120813-108

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

108
Ejecución 139 de 2012

Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 139 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Sevilla Román y don Raúl Suárez Sánchez, contra la empresa “Armados Torrejón, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado sentencia, auto y diligencia de ordenación siguientes:

Sentencia

En Madrid, a 30 de mayo de 2012.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por despido, en autos de demanda número 369 de 2012, a instancias de don José Sevilla Román, asistido del letrado don José Antonio Águeda, frente a la entidad “Armados Torrejón, Sociedad Limitada”, que no comparece, así como los autos acumulados a aquellos seguidos frente a la misma entidad con el número de autos 371 de 2012, a instancias de don Raúl Suárez Sánchez; autos en los que se ha dictado la presente sentencia.

Fallo

Que estimando las demandas de despido entabladas por don José Sevilla Román y don Raúl Suárez Sánchez frente a la entidad “Armados Torrejón, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido de los demandantes de fechas 10 de febrero de 2012 y 9 de febrero de 2012, respectivamente, objeto de este procedimiento, condenando a la entidad demandada a readmitir a los trabajadores en las mismas condiciones existentes con anterioridad al despido o bien a su elección, formulada en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución y ante la Secretaría del Juzgado, con la advertencia de que en caso de no indicar nada se entenderá que opta por la readmisión, a abonar a los trabajadores, respectivamente, en concepto de indemnización la suma de 12.135,38 euros y 4.436,25 euros, condenando a la empresa en cualquier caso a abonar a los actores los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la notificación de la presente resolución con arreglo al salario declarado probado.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Auto

En Madrid, a 20 de julio de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución provisional del título indicado a favor del ejecutante don Raúl Suárez Sánchez, frente a “Armados Torrejón, Sociedad Limitada”.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana María García García.—En Madrid, a 20 de julio de 2012.

Por presentado el anterior escrito por la parte ejecutante, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada por don Raúl Suárez Sánchez la extinción de la relación laboral que le une con la empresa “Armados Torrejón, Sociedad Limitada”, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, segundo piso, Madrid, el día 12 de septiembre de 2012, a las nueve y diecinueve horas de su mañana, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

A la vista de que “Armados Torrejón, Sociedad Limitada”, se encuentra en paradero desconocido, como ya consta acreditado en la demanda número 375 de 2012 de este Juzgado, notifíquesele la sentencia, y el auto del día de la fecha, así como la presente diligencia mediante publicación de los mismos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, citándosele de igual forma. Notifíquese dichas resoluciones al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículos 186.1 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Armados Torrejón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.039/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120813-108