Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
31-07-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120731-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

EDICTO

76
Procedimiento 2.470 de 2010

En el presente procedimiento seguido a instancias de doña María Soledad Luján Pérez, frente a doña Nuria Marañón Diego, don Carlos Escarpa Sánchez-Garnica y comunidad de propietarios de la calle Pastor Muriel, número 4, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 224 de 2011

En Madrid, a 20 de diciembre de 2011.—Vistos por doña Raquel Blázquez Martín, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 84 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal registrados con el número 2.470 de 2010, seguidos a instancias de doña María Soledad Luján Pérez, representada por el procurador don Jacobo García García y asistida del letrado don Daniel Madurga Soriano, contra la comunidad de propietarios de la calle Pastor Muriel, número 4, representada por la procuradora doña Dolores Tejero García-Tejero y asistida del letrado don César López Rubio; contra doña Nuria Marañón de Diego, representada por la procuradora doña Esther Centoira Parrondo y asistida de la letrada doña Ana María José Cirilo, y contra don Carlos Escarpa Sánchez-Garnica, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente resolución.

Fallo

1. Estimo la demanda presentada por doña María Soledad Luján, contra la comunidad de propietarios de la calle Pastor Muriel, número 4, doña Nuria Marañón de Diego y don Carlos Escarpa Sánchez-Garnica, a quienes condeno solidariamente a realizar las obras necesarias para reparar la causa de las humedades producidas en la vivienda de la actora, con un límite de 660 euros, y para reparar los daños causados en el salón y en el dormitorio principal de dicha vivienda, con un límite de 500 euros.

2. Condeno a los demanddos al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado don Carlos Escarpa Sánchez-Garnica, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Madrid, a 28 de diciembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/5.943/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120731-76