Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120724-233

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 3

EDICTO

233
Procedimiento ordinario 508 de 2012

Doña Raquel Cervero Pinilla, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Zaragoza.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Pablo José Tucumbí Tucumbí, don Juan Francisco Santafé Chimborazo y don Eddy Javier Blacutt Pabón, contra “Virssa Centro Castilla, Sociedad Limitada Unipersonal”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, registrado con el número 508 de 2012, se ha acordado citar a “Virssa Centro Castilla, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 3, situado en la calle Alfonso I, número 17, segunda planta, el día 2 de abril de 2013, a las once horas, para la celebración de los actos de conciliación, y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención a los actores, puedan estos estar representados técnicamente por graduado social colegiado o representados por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a “Virssa Centro Castilla, Sociedad Limitada Unipersonal”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Zaragoza, a 3 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.759/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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