Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120724-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

98
Procedimiento ordinario 403 de 2010

Doña Francisca Santos-Olmo Martínez, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario número 403 de 2010, seguidos ante este Juzgado a instancias de don Jesús Gonzalo Gonzalo, contra “Mirador de la Huerta del Obispo, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 152 de 2011

En Madrid, a 4 de julio de 2011.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de esta ciudad, los autos de juicio ordinario 403 de 2010, seguidos a instancias de don Jesús Gonzalo Gonzalo, representado por el procurador don Ernesto García-Lozano Martín y defendido por la letrada doña Ana María Hebrero Gutiérrez, contra “Mirador de la Huerta del Obispo, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía, sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad.

Fallo

1. Estimo la demanda presentada por don Jesús Gonzalo Gonzalo contra “Mirador de la Huerta del Obispo, Sociedad Limitada”, y declaro resuelto el contrato suscrito por las partes en fecha 15 de noviembre de 2002, condenando a la demandada a pagar al actor la suma de 61.212,15 euros.

2. La demandada le abonará igualmente los intereses en la forma establecida en el fundamento de Derecho tercero de la presente resolución.

3. Condeno a contra “Mirador de la Huerta del Obispo, Sociedad Limitada”, al pago de las costas del pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se presentará por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado (cuenta número 2533), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma. Lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado, “Mirador de la Huerta del Obispo, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.755/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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