Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
24-07-2012

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120724-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Tasa prestación servicio alcantarillado segundo semestre 2012

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 21 de junio de 2012, acordó aprobar y exponer al público los siguientes padrones fiscales:

— Tasa por prestación del servicio de alcantarillado segundo semestre 2012.

— Impuesto sobre bienes inmuebles urbana 2012.

— Impuesto sobre bienes inmuebles rústica 2012.

— Impuesto sobre actividades económicas 2012.

— Tasa por instalación de puestos de venta de productos diversos en el mercadillo semanal tercer y cuarto trimestre de 2012.

— Coto privado de caza año 2012.

— Renta de almazanejo año 2012.

— Renta vega año 2012.

Estos padrones y matriculas fiscales estarán expuestos al público en el Ayuntamiento de Daganzo, Servicio de Recaudación, en el horario de lunes a viernes, mañanas, de nueve a catorce, quince días antes de iniciarse el período de cobro, del 20 de agosto al 19 de noviembre de 2012 y por período de treinta días.

El pago de los tributos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados podrá realizarse en las siguientes oficinas bancarias: “Ibercaja”, “Caja Madrid”, “BBVA”, “La Caixa”, “Banco Popular” y “Banesto”, mediante la presentación del documento cobratorio, en los días y horas de caja.

Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas bancarias señaladas anteriormente. Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán recogerlo en la oficina de recaudación.

Los recibos domiciliados correspondientes al segundo período de imposición se pasará an cobro en cuatro plazos: 20 de agosto de 2012, 20 de septiembre de 2012, 20 de octubre de 2012 y 19 de noviembre de 2012.

Pasado el período de tiempo anteriormente mencionado, relativo a voluntaria, todos los morosos quedarán comprendidos dentro de los recargos, apremios y costas, de conformidad con el Reglamento de Recaudación y de la Ley Tributaria vigente.

Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer ante este Ayuntamiento recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la finalización de la exposición pública, previo al contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del recurso de reposición si es expresa o seis meses si es presunta.

Daganzo, a 26 de junio de 2012.—La concejala de Economía y Hacienda, Ana Arranz Rosco.

(02/5.625/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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