Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2012

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120719-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Impuesto bienes inmuebles rústico 2012

Por decreto de la Alcaldía de fecha 3 de julio de 2012, se anulan las deudas tributarias correspondientes al padrón del impuesto sobre bienes inmuebles rústicos 2012, ya que hemos detectado que se han aprobado con los valores catastrales y superficies de las pacelas duplicados, enviados por la Gerencia Regional del Catastro de Madrid.

En cumplimiento del artículo 13 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa. Cuando el procedimiento de revisión se realice de oficio, junto con el acuerdo de iniciación para la anulación de las deudas tributarias erróneas se publicará la aprobación del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles rúticos del ejercicio 2012 rectificado, dando el plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la publicación para que los interesados puedan formular alegaciones.

En cumplimiento de la legislación vigente, se expone al público dicho padrón, durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarlo en la Oficina Municipal de Recaudación, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón, ante la alcaldesa-presidenta, con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo. Todo ello sin perjuicio del que se estime conveniente para la defensa de sus derechos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que durante los días comprendidos entre el 30 de julio de 2012 y el 1 de octubre de 2012, se pondrán al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes al impuesto sobre bienes inmuebles rústicos de 2012.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El pago podrá realizarse en cualquier oficina de la “Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona”, “La Caixa”, en las terminales de “Servicaixa”, o en las siguientes entidades: “Ibercaja”, “Banco Popular”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Bankia”, “Banco Santander”, “Banesto” y “Banco Sabadell Atlántico”. Los duplicados de los recibos podrán solicitarse en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en la plaza Mayor, número 1, teléfono 918 140 014.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Griñón, a 3 de julio de 2012.—La alcaldesa, María Antonia Díaz Garrido.

(02/5.643/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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