Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
17-07-2012

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120717-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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ORDEN 7454/2012, de 19 de junio, por la que se deja sin efecto la convocatoria de ayudas para la realización de Talleres de Empleo en el año 2012.

Mediante Orden 7708/2011, de 29 de diciembre, de la Consejera de Educación y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de enero de 2012), se convocaron ayudas para la realización de Talleres de Empleo en el año 2012.

La tramitación de dicha convocatoria era anticipada y de carácter anual con cargo a los créditos presupuestarios del ejercicio 2012.

El programa de Talleres de Empleo se encuadra dentro de las políticas activas de empleo del apartado d) del artículo 25 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. Su financiación se realiza mediante fondos de empleo de ámbito nacional, redistribuidos a las comunidades autónomas para su gestión por Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

Finalizado el plazo de resolución establecido en la convocatoria, no habían sido aprobados los Presupuestos Generales del Estado para 2012.

A la vista del reparto de fondos realizado en la reunión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales celebrada el día 24 de mayo de 2012, que obliga necesariamente a adoptar ajustes presupuestarios, resultaría inviable la asunción simultánea de los compromisos de gasto previstos para esta convocatoria y los ya adquiridos en convoca­torias anteriores, debiendo hacer frente en primer lugar a estos últimos.

El artículo 27 de la Orden 7708/2011, de 29 de diciembre, de la Consejera de Educación y Empleo, establece la cuantía destinada a financiar esta convocatoria de ayudas, cuantía que queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la adquisición del compromiso del gasto y a la distribución territorial que, para la Comunidad de Madrid y para el ejercicio económico 2012, se realice en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

De conformidad con el apartado 5 del artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al no haberse reunido la Comisión de Evaluación ni existir Propuesta de Resolución provisional ni definitiva, no existe derecho alguno a favor de los solicitantes, que no han llegado a adquirir la condición de beneficiarios.

En atención a lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente,

DISPONGO

Primero

Mediante esta Orden se deja sin efecto la convocatoria de ayudas para la realización de Talleres de Empleo en el año 2012, establecida en el capítulo II de la Orden 7708/2011, de 29 de diciembre, de la Consejera de Educación y Empleo, por la que se regulan las subvenciones para la realización de talleres de empleo y se convocan estas ayudas para 2012.

Segundo

Las solicitudes presentadas con anterioridad a la aprobación de esta Orden serán archivadas sin más trámite, por haber quedado sin objeto su pretensión, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros estime oportuno deducir, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los artículos 10, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Cuarto

Esta Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de junio de 2012.

La Consejera de Educación y Empleo, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/24.859/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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