Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120711-213
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 4
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, secretaria de la Administración de Justicia con cargo y ejercicio en el Juzgado de lo social número 4 de Alicante.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 1 de 2012, a instancias de don Oleg Dinburg, contra “Construcciones Magercons Encofrados, Sociedad Limitada”, en la que el día 9 de enero de 2012 se han dictado auto y decreto de ejecución, cuyas partes dispositivas dicen:
Auto
Se acuerda decretar orden general de la ejecución solicitada por don Oleg Dinburg, frente a “Construcciones Magercons Encofrados, Sociedad Limitada”, de la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2011 dictada por este Juzgado de lo social, por cuantía de 10.563,36 euros en concepto de principal, más la cantidad de 2.112 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Notifíquese la presente resolución, en legal forma a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de reposición en el plazo de tres días, a contar desde su notificación conforme al artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo, únicamente, quienes pretendan recurrir la presente resolución y no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, consignar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, en cualquier sucursal de “Banesto”, con especificación en el mandamiento de ingreso (cuenta Juzgado número 0114, concepto: “Recurso”, tipo: “Reposición/Social”, código 30, cuenta expediente: 0114/0000/30/000001/2012), o por transferencia bancaria (indicándose después de los dieciséis dígitos el código y tipo de recurso) al tiempo de interponerlo, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre), sin perjuicio de que la deudora pueda oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto (artículos 556 a 558 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Así lo acordó y firma la ilustrísima señora doña Paz Fernández Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Alicante, de todo lo que, doña Marta Martín Ruiz, secretaria judicial del mencionado Juzgado, doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).
Decreto
Se acuerda decretar orden general de la ejecución solicitada por don Oleg Dinburg, frente a “Construcciones Magercons Encofrados, Sociedad Limitada”, de la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2011 dictada por este Juzgado de lo social, por cuantía de 10.563,36 euros en concepto de principal, más la cantidad de 2.112 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de reposición en el plazo de tres días, a contar desde su notificación conforme al artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo, únicamente, quienes pretendan recurrir la presente resolución y no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, consignar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, en cualquier sucursal de “Banesto”, con especificación en el mandamiento de ingreso (cuenta Juzgado número 0114, concepto: “Recurso”, tipo: “Reposición/Social”, código 30, cuenta expediente: 0114/0000/30/000001/2012), o por transferencia bancaria (indicándose después de los dieciséis dígitos el código y tipo de recurso) al tiempo de interponerlo, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre), sin perjuicio de que la deudora pueda oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto (artículos 556 a 558 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Así lo acordó y firma la ilustrísima señora doña Paz Fernández Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de Alicante, de todo lo que, doña Marta Martín Ruiz, secretaria judicial del mencionado Juzgado, doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).
Y para que conste y sirva de notificación las anteriores resoluciones a “Construcciones Magercons Encofrados, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se inserta el presente edicto, haciéndole saber a la parte a la que va dirigida la presente, que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, salvo de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Alicante, a 31 de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/21.797/12)