Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163
Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120710-32
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de sus destinatarios de los requerimientos de pago de la sanción impuesta como consecuencia de los procedimientos sancionadores que se relacionan en el Anexo, iniciados al efecto por infracciones administrativas a la normativa vigente en materia de sanidad animal,
HE RESUELTO
Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992).
Por lo que siendo firme en vía contencioso-administrativa el fallo, ponemos en su conocimiento que el importe de la multa 60.001 euros y los intereses que ascienden a la cantidad de 1.446,60 euros, siendo el total 61.447,60 euros, deberán hacerse efectivo por ingreso directo en la cuenta restringida número 2038/1031/59/6400007120, denominada “Otras Sanciones-Sanciones Sanidad Animal” Comunidad de Madrid, abierta en la oficina de la “Caja Madrid”, paseo de las Delicias, número 6, de esta capital, haciendo referencia al número de expediente antes reseñado, en los períodos voluntarios que establece el artículo 62 de la Ley General Tributaria, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, que se detallan a continuación:
a) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
De no abonarse dentro de dicho período voluntario y de no concurrir ninguna de las circunstancias establecidas en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y artículo 28.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, se procederá a su exacción por vía de apremio, sin más trámite, con los recargos correspondientes fijados en el artículo 28 de la Ley General Tributaria citada.El justificante o resguardo del ingreso deberá presentarse o remitirse en el plazo de diez días siguientes al mismo, a la Dirección General del Medio Ambiente, Sección de Expedientes Sancionadores (ronda de Atocha, número 17, quinta planta, 28012 Madrid), para su debida constancia en el expediente, el cual no se estimará concluso sin el cumplimiento de este requisito. Se señala que es imprescindible que figure en el justificante el nombre del sancionado (no el de quien realice el ingreso) y el número del expediente.
Asimismo se informa que el interesado puede solicitar, en el plazo señalado anteriormente, un fraccionamiento de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley General Tributaria y en el artículo 44 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, les informamos de que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid) a los efectos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 21 de junio de 2012.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 4 de agosto de 2011), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.
ANEXO ÚNICO
NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO DE PAGO
Imputado. — NIF. — Ultimo domicilio conocido. — Expediente. — Precepto infringido. — Sanción. — Órgano competente para resolver y norma que le atribuye tal competencia
Jesús Sánchez Ayuso. — 01399511-F. — Batalla del Salado, 11 B, 02002 Albacete. — AG-D-0/10. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 85.4 de la Ley 8/2003, de 24 de abril de Sanidad Animal, calificada como muy grave. —61.447,60 Euros. — Consejera del Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 1/1983, 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, según lo previsto en el artículo 91 de la Ley 8/2003, de 24 de abril de Sanidad Animal. Todo ello según lo dispuesto en el Decreto 11/2011, de 16 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
(01/2.144/12)