Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 150

Fecha del Boletín 
25-06-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120625-170

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 8

EDICTO

170
Despidos 541 de 2011

Doña María del Carmen Peche Rubio, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 541 de 2011, instancias de la parte actora, don Manuel Mendoza Almazán, contra “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Placet Innovaciones 160, Sociedad Limitada”, y “Hanzo Planificación y Gestión, Sociedad Limitada”, don Zoilo Pazos Jimenes, “Nueva Rumasa”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia de fecha 22 de mayo de 2012 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Manuel Mendoza Almazán con “Hanzo Planificación y Gestión, Sociedad Limitada”, “Enjambradera, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Placet Innovaciones 160, Sociedad Limitada”, con fecha 22 de mayo de 2012, condenando solidariamente a las empresas a que abonen al trabajador las siguientes cantidades:

Nombre del trabajador: don Manuel Mendoza Almazán.

Indemnización: 23.069,85 euros.

Salarios de tramitación: 31.352,76 euros.

De dicha cantidad se podrán deducir en fase de ejecución los salarios que al actor haya podido percibir desde el 25 de marzo de 2011 como consecuencia de un nuevo empleo o, en su caso, los periodos de incapacidad temporal.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Una vez firme, remítase testimonio de esta resolución al Servicio Público de Empleo Estatal para la regularización de las prestaciones por desempleo.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 187 de la Ley 36 de 2011). Para la admisión del recurso, y si este es interpuesto por el demandado, deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 4027/0000/00, abierta en “Banesto”, utilizando para ello el modelo oficial y concretando además el número y año del procedimiento, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 13/2009, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto” 0030/1846/42/0005001274, indicando el beneficiario, juzgado de lo social número 8 de Sevilla, y en “Observaciones”, se consignarán los 16 dígitos de la cuenta 4027/0000/00 más el número y el año del procedimiento, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código “30 Social-Reposición”.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora magistrada doña Carmen Durán de Porras.

Y para que sirva de notificación a los demandados don Juan Cañamero González y doña Isabel Fernández-Quiñones García, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Sevilla, a 22 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.777/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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