Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146
Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120620-75
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
OTROS ANUNCIOS
Por no haber sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios las notificaciones que se relacionan a continuación en el anexo, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del último domicilio, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO
Expediente. — Interesado. — NIF. — Último domicilio conocido
MN-561-2012-Acu. — Jairo Navarro Torosio. — 50222461-Y. — Plaza Sierra Siete Picos, 3, tercero A, 28923, Alcorcón (Madrid).
MN-562-2012-Acu. — José Diego Torosio Montes. — 50194454-J. — Aguacate, 4, 28044, Madrid.
MN-564-2012-Acu. — Francisco Marinkovich Horvich. — 05352333-A. — San Ignacio, 18, 28041 Madrid.
Acto administrativo: incoación de procedimiento sancionador por la utilización de un amplificador del sonido en la vía pública, sin autorización del Ayuntamiento para utilizar megáfonos o cualquier amplificador, causando molestias al vecindario. Nombrar instructor del procedimiento sancionador a don Fernando Palao Núñez, jefe de Área de Medio Ambiente, secretaria a doña Ana Isabel Hergueta Redondo, empleada pública de la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón; nombramientos que están sujetos al régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Efectos: conceder a los interesados un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de cuentas alegaciones estime pertinentes a la defensa de sus derechos e intereses legítimos en el procedimiento sancionador, pudiendo aportar los documentos e informaciones que estime oportunos y, en su caso, proponer y aportar, en su defensa, las pruebas que considere convenientes. De acuerdo con lo previsto en el artículo 6.2 del Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Comunidad de Madrid, en el caso de que no se realicen alegaciones sobre el contenido de la presente resolución, podrá esta ser considerada como propuesta de resolución.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, haciendo saber que el expediente pude ser consultado en la Concejalía de Medio Ambiente, de nueve a catorce horas.
En Pozuelo de Alarcón, a 14 de mayo de 2012.—La concejal-delegada de Medio Ambiente (decreto de 30 de enero de 2012), Mónica García Molina.
(02/4.439/12)