Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
19-06-2012

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120619-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2012, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 794/2012, de 22 de marzo, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por don Alejandro González Vizcarro, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de 2 de febrero de 2009, y se retrotraen las actuaciones en la forma expuesta en la presente Orden.

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 794/2012, de 22 de marzo, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por don Alejandro González Vizcarro; procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de alzada interpuesto por don Alejandro González Vizcarro, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de 2 de febrero de 2009, dictada en el expediente RBE 280000119442, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Con fecha 18 de enero de 2008, don Alejandro González Vizcarro presenta solicitud de reconocimiento del derecho a la Renta Básica de Emancipación regulada por el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre.

Segundo

Una vez analizada la documentación aportada, en relación con los requisitos necesarios para acreditar el derecho a la ayuda, se pone de manifiesto que el solicitante no está al día en sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública.

En consecuencia, con fecha 2 de febrero de 2009, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación dicta Resolución mediante la que se deniega a don Alejandro González ­Vizcarro el derecho a obtener la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes.

Tercero

Contra la citada Resolución, don Alejandro González Vizcarro ha interpuesto recurso de alzada, dentro del plazo legalmente establecido, en el que alega, en síntesis, disconformidad con la Resolución impugnada, aportando certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública.

Cuarto

La Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido el informe a que se refiere el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proponiendo la estimación del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Con­sejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 53 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En cuanto a las cuestiones de fondo, el recurrente manifiesta, en síntesis, disconformidad con la Orden impugnada.

En relación con lo alegado, el artículo 3.3.d) del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes, dispone “Para percibir la Renta Básica de Emancipación serán requisitos imprescindibles (...) estar al ­corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social”.

En el presente caso, en vía de recurso el recurrente aporta un certificado de la Agencia Tributaria donde consta que don Alejandro González Vizcarro está al día de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública. En consecuencia procede estimar el recurso interpuesto y retrotraer las actuaciones al momento de continuar con la tramitación del expediente.

En su virtud, de acuerdo con el informe favorable de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación y de la Intervención Delegada y a propuesta de la Secretaría General Técnica,

DISPONGO

Estimar el recurso de alzada interpuesto por don Alejandro González Vizcarro, contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de 2 de febrero de 2009, dictada en el expediente RBE 280000119442.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo a interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 29 de mayo de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno ­Gómez.

(03/20.370/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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