Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120613-107
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.007 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Muñoz Consuegra y don Ángel Barriga Pacheco, contra las empresas “V Cut Europe, Sociedad Limitada”, “Talleres Eloy Jareño, Sociedad Limitada”, “Open Door System, Sociedad Limitada”, y “Tecnología del Acero Inoxidable Automatismos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Decreto
Secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 20 de septiembre de 2011.
Parte dispositiva:
Acuerdo:
1. Admitir a trámite la demanda presentada a instancias de don Pedro Muñoz Consuegra y don Ángel Barriga Pacheco, frente a “V Cut Europe, Sociedad Limitada”, “Talleres Eloy Jareño, Sociedad Limitada”, “Open Door System, Sociedad Limitada”, y “Tecnología del Acero Inoxidable Automatismos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, que se sustanciará por las reglas de la demanda.
2. Citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 7 de febrero de 2013, a las diez y cincuenta horas.
Citar a las partes y requerir la documental solicitada, sin perjuicio de la admisión de los medios de prueba que tendrá lugar en el acto de juicio, que se celebrará en la calle Princesa, número 3, segunda planta, Sala del Juzgado de lo social número 1.
En la cédula de citación a las partes se consignarán las siguientes advertencias y apercibimientos:
A la parte demandante: que si no asistiere a la vista, y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistida de la demanda.
A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si los demandantes pretendiesen comparecer en el juicio asistidos de abogado o representados por procurador o graduado social colegiado lo harán constar en la demanda. Asimismo, las demandadas pondrán esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención a los actores, puedan estos estar representados por procurador o graduado social colegiado, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Si no asistiere a la vista, y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistida de la demanda.
A ambas partes: que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.
A la parte demandada: que en caso de solicitarse en el escrito de demanda y se admita en el acto del juicio la prueba de interrogatorio de parte, se le podrá tener por confesa en el caso de no comparecer o hacerlo por persona que desconozca los hechos de la demanda. Se le advierte que no es necesario que en los representantes procesales de las empresas concurran la condición de miembro del órgano de administración de la sociedad.
Se indicará también a las partes: que en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos o cualquier otro medio de prueba, deberán pedirlo al menos con diez días de antelación a la fecha del juicio, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Asimismo, se indicará a ambas partes: que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Auto
En Madrid, a 20 de septiembre de 2011.
Parte dispositiva:
Acumúlense a estos autos los que se siguen en este Juzgado con el número 1.008 de 2011, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, siendo indispensable que, al tiempo de interponerlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo de ingreso en “Recursos de revisión” de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/30 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.
Así por este auto lo mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Martínez Melero.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “V Cut Europe, Sociedad Limitada”, “Talleres Eloy Jareño, Sociedad Limitada”, y “Open Door System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 4 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/17.655/12)