Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
12-06-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120612-100

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

100
Demanda 276 de 2012

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 276 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Julián Dassi Manzanares, contra don Javier Blas Pérez Pérez, “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y “Aplicaciones Informáticas Globales, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato de trabajo, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Diligencia.—En Madrid, a 3 de mayo de 2012.

La extiendo yo, el secretario, para hacer constar que con fecha 26 de abril de 2012 ha sido repartida demanda en materia de despido y registrada bajo el número 507 de 2012, a instancias de don Andrés Julián Dassi Manzanares, frente a don Javier Blas Pérez Pérez, “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y “Aplicaciones Informáticas Globales, Sociedad Limitada”, estando pendientes de juicio los presentes autos número 276 de 2012, seguidos ante el mismo demandado. Paso a dar cuenta a su señoría ilustrísima.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 3 de mayo de 2012.

Parte dispositiva:

Acumúlense a estos autos los que se siguen en este Juzgado con el número 507 de 2012 discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: la magistrada-juez de lo social (firmado).—El secretario judicial (firmado).

Diligencia.—Para dar cuenta a su señoría de que la demanda presentada solicita la práctica de determinados medios de prueba sobre lo que debe pronunciarse.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 4 de mayo de 2012.

Parte dispositiva:

Interrogatorio: ha lugar y cítese al representante legal de las demandadas, así como al administrador codemandado, conforme a lo solicitado por el actor, para la práctica de la prueba de interrogatorio de la parte en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y efectos previstos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.

Documental: ha lugar y requiérase a las demandadas para que aporten, además de lo solicitado en el auto de fecha 2 de marzo de 2012, la siguiente documentación:

Recibos de salarios de enero, febrero y marzo de 2012, así como el finiquito del trabajador.

TC1 y TC2 correspondientes a enero, febrero y marzo de 2012.

Se tiene por hecha la manifestación realizada en el apartado 3.A3). de la demanda.

Respecto a la documental solicitada en los apartados B) y C), en su caso, una vez celebrado el juicio y previa declaración de pertinencia, podrá acordarse como diligencia final.

Testifical: ha lugar y cítese a don Héctor Iván Bueso Gregorio en la forma que indica al actor en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, para la interposición del recurso de reposición deberá consignarse la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2508 (código entidad 0030, código de procedimiento 30), exceptuados los trabajadores y beneficiarios de justicia gratuita.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Javier Blas Pérez Pérez, “Aplicaciones Informáticas de Gestión, Sociedad Limitada”, y “Aplicaciones Informáticas Globales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de mayo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.426/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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