Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139
Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120612-4
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 31 de mayo de 2012, ha examinado el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras para el “Proyecto de abastecimiento de Pezuela de las Torres”, en el término municipal de Pezuela de las Torres, promovido por el Canal de Isabel II.
En virtud del contenido del informe técnico-jurídico de fecha 23 de mayo de 2012, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 25 de mayo de 2012, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:
«Primero
Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras para el “Proyecto de abastecimiento de Pezuela de las Torres”, en el término municipal de Pezuela de las Torres, promovido por el Canal de Isabel II, con las condiciones y prescripciones que para su desarrollo se establecen en los siguientes informes sectoriales, obrantes en el expediente:
— Condiciones contenidas en el informe de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de fecha 28 de febrero de 2011, referidas a los cruces, la ubicación de las canalizaciones en caso de paralelismo, dónde ubicar las instalaciones auxiliares y la necesidad de presentar planos acotados.
— Condiciones contenidas en el informe del Servicio de Sanidad Ambiental de la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, de fecha 8 de marzo de 2011, aplicables durante la ejecución de la obra y en la fase de funcionamiento de la instalación.
— Seguimiento y control de movimiento de tierras, en la fase de ejecución, en los términos expresados en el informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, de 19 de enero de 2011.
— Solicitar autorización al Área de Vías Pecuarias de la Dirección General del Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para la ejecución de cada uno de los cruces previstos con la Vereda Carpetana.
Segundo
Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org, donde puede ser consultado.
Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 31 de mayo de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.
(01/1.864/12)