Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
26-05-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120526-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

URBANISMO

34
Proyecto reparcelación UE-3

En sesión ordinaria de Junta de Gobierno celebrada por el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio el día 9 de febrero de 2012, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, cuyo texto íntegro dice:

«[...] Segundo.—Aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución número 3 del Plan General de Ordenación Urbana de Velilla de San Antonio.

[...] Tras esto, y de conformidad con la propuesta presentada, por unanimidad de todos los miembros de la Corporación asistentes al acto, se acuerda:

1.o Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación de los terrenos comprendidos en la Unidad de Ejecución número 3 del Plan General, presentado con fecha 8 de noviembre de 2010 y registro de entrada número 11386/2010, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

2.o Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un periódico de los de mayor difusión de la Comunidad de Madrid y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 111 RGU, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, con notificación asimismo a los propietarios.

3.o Incorporar al Patrimonio Municipal del Suelo, para afectarlo a los usos previstos en el Plan, los terrenos que, por ser de cesión gratuita y obligatoria, quedan cedidos de derecho al municipio».

Lo que se hace público para efectividad del mismo, en cumplimiento de los preceptuado en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, significando que contra la presente resolución podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien impugnarlo directamente mediante recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.

Ambos plazos empezarán a contar a partir del día siguiente de la recepción de la notificación del presente acto resolutivo.

En el caso de interposición de recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que este sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Velilla de San Antonio, a 5 de marzo de 2012.—El alcalde-presidente, Julio Sánchez Alarilla.

(02/3.201/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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