Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
26-05-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120526-24

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

24
Ordenanza uso huertos urbanos familiares

Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 de abril de 2012, la ordenanza reguladora del uso de los huertos urbanos familiares de titularidad municipal en Alcobendas, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días, contados a partir de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que pueda ser examinada y presentar las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes, estando de manifiesto el ­expediente durante el indicado plazo en el Departamento de Medio Ambiente, segunda planta del Ayuntamiento (plaza Mayor, número 1).

A tenor de lo establecido en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, de 2 de abril, en el supuesto de no presentarse alegaciones, se entenderá definitivamente aprobada la mencionada ordenanza.

Alcobendas, a 26 de abril de 2012.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa.

(03/16.922/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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