Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
26-05-2012

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120526-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Ramos Sierra, Sociedad Anónima” y representantes legales de los trabajadores y asesor CC OO (PCM-0047/2012).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 12 de marzo de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número PCM-0047/2012.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del jueves 2 de febrero de 2012.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Pablo Jiménez Morchón.

Vocal: Don Carlos Jacob Sánchez.

Vocal: Don Julio Canalda Bobas.

Vocal: Don Pedro Baena Pérez.

Secretario: Don Álvaro Costas Algara.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha viernes 20 de enero de 2012, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Ángel Martínez Herranz, en calidad de representante.

La empresa “Ramos Sierra, Sociedad Anónima”, con domicilio en la calle Eduardo Torroja, de Leganés.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Guillermo Panisello Blanco, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don José Luis Martínez Adán, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Luis Fernando Castro Domínguez, en calidad de asesor CC OO.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representación legal de los trabajadores de “Ramos Sierra, Sociedad Anónima”

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. Los trabajadores disfrutarán sus vacaciones pendientes de ejercicios anteriores, así como de cuatro días de vacaciones correspondientes del año 2012, entre el 16 de febrero y el 31 de mayo de 2012. Antes del 16 de febrero de 2012 cada trabajador conocerá la fecha de disfrute de estos días.

2. Los turnos de trabajo se confeccionarán anualmente, en el caso de sufrir alteraciones se comunicará al comité de empresa informando de las causas que motivan tal anomalía.

3. Antes del 15 de junio de 2012 cada trabajador conocerá su turno de vacaciones estivales de 2012.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto, con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las once y treinta horas del día de hoy.—El Secretario (firmado).

(03/15.340/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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