Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120517-171
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 452 de 2011-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Patricio Geovanny Peña Méndez, contra las empresas “Auto Reparación Yolanda, Sociedad Limitada”, “Automecánica Sport 4, Sociedad Limitada”, y “Carrocerías Delicias, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se han dictado auto de fecha 19 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 18 de julio de 2011 a favor de la parte ejecutante don Patricio Geovanny Peña Méndez, frente a “Automecánica Sport 4, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 14.881,82 euros de principal (5.641,12 euros de indemnización, más 9.240,70 euros de salarios de tramitación), más 1.488,18 euros presupuestados para intereses y costas de ejecución.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
También se ha dictaod la diligencia de ordenación siguiente:
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 23 de marzo de 2012.
Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 4.946,02 euros de principal y 494,60 euros de intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada “Automecánica Sport 4, Sociedad Limitada”, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de las deudoras sobre los que despachar ejecución.
Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral, y respecto de las ejecutadas, habiendo sido ya notificadas por edictos, se les notifica mediante lectura íntegra en los estrados de este Juzgado.—Doy fe.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Auto Reparación Yolanda, Sociedad Limitada”, “Automecánica Sport 4, Sociedad Limitada”, y “Carrocerías Delicias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Móstoles, a 9 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/14.222/12)