Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120517-114
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 192 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Sánchez Requena, contra la empresa “Hidrasa, Sociedad Limitada”, “Instalaciones Hidráulicas 3H, Sociedad Limitada” e “Instalaciones Hidráulicas 3H, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Miguel Sánchez Requena, con las empresas “Hidrasa, Sociedad Limitada”, “Instalaciones Hidráulicas 3H, Sociedad Limitada”, “Instalaciones Hidráulicas 3H, Sociedad Anónima” y don Jesús María Aranda Terrado, condenando a estos a que abonen a aquel la cantidad siguiente:
Nombre del trabajador: don Miguel Sánchez Requena.
Indemnización: 27.194,48 euros.
Salarios: 40.729,52 euros, sin perjuicio de las situaciones de incompatibilidad que provengan de otras situaciones laborales o prestacionales.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución, será precisa la consignación en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado, número 2517 de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/12009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.
Sólo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).
Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia, o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Hidráulicas 3H, Sociedad Limitada” e “Instalaciones Hidráulicas 3H, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/14.379/12)