Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
17-05-2012

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120517-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

44
Anulación obligaciones

Conforme a lo previsto en el artículo 27.2 de las vigentes bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Navacerrada, en relación a cantidades correspondientes a acreedores que figuran en las “Relaciones de presupuestos cerrados” que deban darse de baja de la contabilidad municipal, por prescripción o cuyo reconocimiento se deba a errores de contraído o defectos de contabilización semejantes, y visto el informe emitido por la Intervención Municipal con fecha 24 de abril de 2012, se expone en el tablón de anuncios municipal la relación de deudas, anteriores al 20 de junio de 2008, por plazo de quince días hábiles, a contar desde la fecha de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, período durante el cual los acreedores podrán hacer valer sus derechos formulando, ante el Registro General Municipal, las reclamaciones de deuda correspondientes, acompañando la documentación oportuna y justificando, en su caso, la interrupción de los plazos de prescripción previstos en el artículo 25.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

En Navacerrada, a 25 de abril de 2012.—La alcaldesa, Izaskun Urgoiti Bernal.

(03/15.557/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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