Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
17-05-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120517-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

102
Ejecución 107 de 2011

Diligencia.—En Madrid, a 10 de abril de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que intentada la notificación a “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, por los medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—Doy fe.

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 107 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Noelia García Valle, don José Matías de la Concepción Romero, doña Beatriz López Martín y doña Gemma Casquero Trenado, contra la empresa “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 10 de abril de 2012, cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 57.067,03 euros, correspondiendo la suma de 17.506,13 euros a doña Noelia García Valle, la suma de 14.113,13 euros a doña Gemma Casquero Trenado, la suma de 12.806,89 euros a don José Matías de la Concepción Romero, la suma de 12.640,88 euros, a doña Beatriz López Martín, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles, siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio de los recurrentes (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). Los recurrentes que no tengan la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la sucursal número 2514 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “concepto”, la indicación recurso seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Prevención y Control Punto Cinco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.377/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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