Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
09-05-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120509-107

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

107
Demanda 291 de 2012

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 291 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Rodolfo Pradillo Álvarez, contra las empresas “Excavaciones, Derribos y Transportes J. Clemente, Sociedad Limitada”, “Canalizaciones y Excavaciones Inmobiliaria 2003, Sociedad Limitada”, “RCD Reciclados de Residuos Madrid, Sociedad Limitada”, “Jetransasu, Sociedad Limitada”, “Transjáñez, Sociedad Limitada”, “Bioservicios del Transporte, Sociedad Anónima”, e “Infraestructuras Clemar, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado decreto con citación a juicio y auto de fecha 12 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

El secretario judicial, don Ismael Pérez Martín.—En Madrid, a 12 de marzo de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada a instancias de don Pedro Alberto Puerto Muñoz, frente a “Canalizaciones y Excavaciones Inmobiliaria 2003, Sociedad Limitada”, “Excavaciones, Derribos y Transportes J. Clemente, Sociedad Limitada”, “Jetransasu, Sociedad Limitada”, “Transjáñez, Sociedad Limitada”, “Bioservicios del Transporte, Sociedad Anónima”, “RCD Reciclados de Residuos Madrid, Sociedad Limitada”, e “Infraestructuras Clemar, Sociedad Anónima”, sobre despido, que se sustanciará por las reglas de la demanda.

2. Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 16 de julio de 2012, a las once y diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

La parte actora comparecerá al acto del juicio asistida de letrado.

Se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días hábiles aclare el motivo de demandar a todas las empresas, así como para que en el plazo de quince días hábiles aporte acta de conciliación contra todas las empresas, bajo apercibimiento de archivo.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Auto

En Madrid, a 12 de marzo de 2012.

Acuerdo:

Se proceda a la práctica de las pruebas ya acordadas.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Transjáñez, Sociedad Limitada”, e “Infraestructuras Clemar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de abril de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.852/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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