Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120508-239
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Manuel López Jara, secretario judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 262 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Capgemini España, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra don Javier Arraiza Ruiz, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicada por importe de 1,74 euros a cuyo pago resulta condenado don Javier Arraiza Ruiz en las presentes actuaciones.
Firme la presente resolución, póngase a disposición de la parte actora la cantidad de 1,74 euros en concepto de intereses y a disposición del demandado el sobrante resultante que asciende a 48,19 euros, librándose al efecto los oportunos mandamientos, y verificada su entrega, procédase al archivo de los presentes autos.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2809 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Adviértase de que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Javier Arraiza Ruiz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 29 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/13.434/12)