Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
01-05-2012

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120501-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

41
Padrones impuesto bienes inmuebles ejercicio 2012

Aprobados por resolución de Alcaldía 171/2012, de 27 de marzo, los padrones del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, primer plazo, y del impuesto de BICES del ejercicio 2012, permanecerán expuestos al público en la Secretaría General de este Ayuntamiento durante un plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La inclusión de un sujeto pasivo en el padrón, así como su exclusión o alteración de cualquiera de sus datos en el mismo, constituyen actos administrativos contra los que cabe interponer recurso de reposición ante el alcalde del Ayuntamiento de Navas del Rey.

El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes contado de fecha a fecha desde el día siguiente al del término del período de exposición pública del padrón.

Por otro lado, cumpliendo con la información pública, el cobro de los período voluntario, al amparo de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, será del 25 de abril al 25 de junio, ambos incluidos, y se podrá realizar en la entidad bancaria colaboradora “Bankia”, en la cuenta corriente a nombre del Ayuntamiento, entre las fechas antes referenciadas.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda correspondiente abrirá la vía ejecutiva, con el consiguiente recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26 a 28 de la Ley 58 de 2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Lo que se hace público en cumplimiento de la legislación vigente y para general conocimiento.

En Navas del Rey, a 27 de marzo de 2012.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.

(02/3.018/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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