Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
21-04-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120421-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

180
Demanda 1.043 de 2011

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria de lo social del número 35 de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de doña María del Pilar Jiménez Martínez, contra Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y Madrid Infraestructuras del Transporte (MINTRA), en reclamación de despido, registrado con el número 1.043 de 2011, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 92 de 2012

En Madrid, a 17 de febrero de 2012.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez de lo social del número 35 de Madrid, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-1.043 de 2011, seguido a instancias de doña María del Pilar Jiménez Martínez, que comparece asistida del letrado don Carlos Albert Slepoy Prada, contra Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, representada por el letrado don Antonio Caro Sánchez, y Madrid Infraestructuras del Transporte (MINTRA), que no comparece, en reclamación sobre despido, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando como estimo la petición subsidiaria de la demanda de despido formulada por doña María del Pilar Jiménez Martínez, contra Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, debo declarar y declaro el mismo improcedente, con condena a la demandada Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid a que en el plazo de cinco días opte por la readmisión de la actora o bien le indemnice con la cuantía de 12.644,80 euros, correspondientes a ciento doce días de salario, en todo caso a los salarios de tramitación desde el 18 de julio de 2011 a la fecha de notificación de la presente resolución a razón de un salario día de 112,90 euros.

Del montante indemnizatorio establecido deberá descontarse el importe de 5.172,96 euros ya percibidos.

Dada la extinción de la sociedad MINTRA no es posible establecer condena hacia la misma.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Madrid Infraestructuras del Transporte (MINTRA), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 14 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.239/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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