Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94
Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120420-9
Páginas: 5
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
El artículo 19 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, establece que la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid determinará reglamentariamente la formación no reglada en materia deportiva.
Asimismo, el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, atribuye a la Dirección General de Deportes en el artículo 26.n) la competencia para “ordenar, promover y fomentar la formación para el sector de la actividad física y el deporte, en especial la formación y el perfeccionamiento de los técnicos deportivos, en colaboración con las federaciones deportivas, y en su caso, los municipios”.
El Decreto 6/1998, de 8 de enero, por el que se crea el Centro de Medicina Deportiva como órgano de gestión sin personalidad jurídica propia, en su artículo 2, “Fines”, explícitamente le encomienda la “especialización en el campo de la medicina deportiva, especialmente en sus aspectos preventivos, con objeto de proteger y mejorar la salud de los deportistas”.
Sobre esta base, la Dirección General de Deportes y el Centro de Medicina Deportiva, conscientes de la importancia que tiene la práctica regular de la actividad física para alcanzar un buen estado de salud físico y psíquico en cualquier edad, incluso en condiciones de enfermedad crónica o discapacidad, están impulsando diversas acciones para potenciar el deporte y la salud a todos los niveles.
Formando a profesionales que trabajan en el ámbito deportivo y de la salud, se pueden ofrecer a los ciudadanos las diversas opciones existentes en la actualidad para que la actividad física constituya un hábito que mejore la calidad de vida y la salud de todos los madrileños.
Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas al Centro de Medicina Deportiva de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
El objeto del curso “Urgencias en el medio deportivo” es contribuir a la formación del personal en aspectos particulares como la correcta actuación ante una situación de emergencia en el medio deportivo. Se impartirán clases teóricas y prácticas (medios audiovisuales, maniquí de RCP, simulador de arritmias).
Segundo
Destinatarios
El curso que se convoca se dirige a profesionales relacionados con la salud.
Los interesados en el curso deberán poseer titulación universitaria.
Tercero
Asignación de plazas
Para la asignación de las plazas se tendrá en cuenta el orden de entrada de la correspondiente solicitud.
La presente convocatoria dispone de treinta plazas.
Cuarto
Solicitudes, documentación y plazos
Los interesados en el curso deberán presentar la solicitud, que se encuentra a su disposición en la sede del Centro de Medicina Deportiva, Viceconsejería de Cultura y Deportes (calle Juan Esplandiú, número 1). También está disponible en la página web de la Comunidad de Madrid, www.madrid.org
Las solicitudes también podrán presentarse por Internet, a través del Registro Telemático de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, para lo que es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid y que podrán obtenerse a través de www.madrid.org, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos y normativa autonómica aplicable.
La solicitud se podrá presentar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Registro de la Viceconsejería de Cultura y Deportes (plaza de la Independencia, número 6, cuarta planta), así como en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado y demás Comunidades Autónomas, en los Registros de los Ayuntamientos que han firmado el correspondiente convenio (esta información puede obtenerse a través del número de teléfono 012) y mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 16 del Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid.
Si tras el examen de la solicitud presentada esta resultase incompleta o defectuosa, la Dirección General de Deportes requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días aporte, la documentación necesaria o subsane los defectos observados y, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. El plazo de admisión de solicitudes se cerrará diez días antes del inicio de la acción formativa.
Quinto
Asistencia y certificados
Los participantes en el curso deberán acreditar una asistencia mínima del 90 por 100 de las clases presenciales para poder acceder al certificado acreditativo de aprovechamiento del curso correspondiente expedido por el Centro de Medicina Deportiva.
El certificado se podrá recoger personalmente o por persona expresamente autorizada, a los veinte días de finalizar la actuación formativa y durante el plazo de un mes, en el Centro de Medicina Deportiva de la Comunidad de Madrid (calle Juan Esplandiú, número 1).
Sexto
Programa del curso
El curso “Urgencias en el medio deportivo” constará de catorce bloques temáticos, con una duración total de veinte horas:
— Bloque 1: Prevención del accidente deportivo.
— Bloque 2: Responsabilidad legal en la asistencia al accidentado.
— Bloque 3: Embriaguez. Heridas. Hemorragias. Quemaduras. Electrocución. Shock.
— Bloque 4: Taller práctico de suturas.
— Bloque 5: Lesiones traumáticas del aparato locomotor: Miembros superiores e inferiores.
— Bloque 6: Taller de vendajes.
— Bloque 7: Accidentes relacionados con la climatología (calor/frío).
— Bloque 8: Barotrauma.
— Bloque 9: Lesiones traumáticas de la columna. Inmovilización y traslado.
— Bloque 10: Parada cardiorrespiratoria. Conceptos básicos en RCP.
— Bloque 11: Soporte vital básico.
— Bloque 12: Soporte vital avanzado.
— Bloque 13: Identificación de arritmias.
— Bloque 14: Prácticas RCP.
Séptimo
Gratuidad del curso
El curso objeto de la presente Resolución tendrá carácter gratuito.
Octavo
Duración, horario y lugar de realización
El curso “Urgencias en el medio deportivo” se realizará los días 7, 8, 9, 10 y 11 de mayo de 2012, en horario de nueve y treinta a trece y treinta horas.
El lugar designado para su realización será en la sede de la Viceconsejería de Cultura y Deportes en la plaza de Independencia, número 6, en el aula situada en la planta baja.
Noveno
Resolución del procedimiento
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra los actos derivados de la presente convocatoria podrá interponerse el correspondiente recurso de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 13 de abril de 2012.—La Directora General de Deportes, Carlota Castrejana Fernández.
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