Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
20-04-2012

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120420-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Expediente sancionador

De conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la resolución de expediente sancionador número I-2011/054, contenida en el decreto 3971/2011, de 22 de diciembre, de la concejala-delegada de Urbanismo e Industria, con las atribuciones conferidas por decreto 2011/2011, de 14 de junio, de la Alcaldía-Presidencia, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 176, de 27 de julio de 2011, contra don John Fredy Alzate Villegas, con NIE X-4315169-R.

Infracción: ejercer actividad de taller de reparación de vehículos sin licencia municipal en la parcela 6 del polígono 9 de San Fernando de Henares.

Calificación de la infracción: leve, según artículo 204.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y conforme a la propuesta del instructor.

Sanción impuesta: 600 euros.

El expediente completo obra en el Departamento de Urbanismo e Industria del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

Lo que se notifica para conocimiento de don John Fredy Alzate Villegas, significándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, advirtiéndole de que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Con carácter potestativo podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto impugnado. No se podrá presentar recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición. No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno, de conformidad con la legislación vigente.

En San Fernando de Henares, a 7 de marzo de 2012.—La concejala-delegada de Urbanismo e Industria, Laura Bedoya Ortuño.

(02/2.268/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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