Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120411-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

102
Demanda 1.034 de 2011

Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.034 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ignacio Herreros Domínguez, contra la empresa “Urbajar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda por despido, interpuesta por don José Ignacio Herreros Domínguez, vengo a declarar la improcedencia de su despido y en consecuencia condeno a la empresa “Urbajar, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por dicha declaración a los efectos legales siguientes:

1. Se declara extinguida la relación laboral, que unió a los litigantes en el día de la fecha.

2. La empresa demandada deberá abonar al actor una indemnización de 31.328 euros, con más 18.772 euros de salarios de tramitación desde el 3 de agosto de 2011, día del despido, hasta el día de hoy.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelta un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urbajar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.932/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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