Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120411-40
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
LICENCIAS
Distrito de Arganzuela
Acuerdo del Pleno, de 30 de noviembre de 2011, por el que aprueba definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de centro cultural con oficinas de gestión en el edificio situado en la ronda de Segovia, número 50, promovido por “Tongil, Sociedad Limitada”, Distrito de Arganzuela.
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que hayan formulado alegaciones, el Plan Especial para el Control Urbanístico-Ambiental de Usos para el local sito en la ronda de Segovia, número 50, para la implantación de actividad de centro cultural con oficinas de gestión promovido por “Tongil, Sociedad Limitada”.
La vigencia del presente Plan será de un año, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 54.3 del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril.»
Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 19 de diciembre de 2011 un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana, aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que la interesada ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 21 de diciembre de 2011.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
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