Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120410-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 83

EDICTO

83
Procedimiento ordinario 1.653 de 2009

En el procedimiento ordinario número 1.653 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 7 de marzo de 2012.—Que en este Juzgado han sido vistos los autos de juicio ordinario número 1.653 de 2009 por don David Rodríguez Fernández-Yepes, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 83 de Madrid, actuando como demandante “Banco de Sabadell, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Blanca María Grande Pesquero y defendida por el letrado don Fulgencio Ortiz López, y como demandados “Ecocir, Sociedad Limitada, Empresa Constructora”, doña Jhasmin del Cisne Maldonado y don Roldán José Jiménez Alberca, sin representación ni defensa técnicas.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación del “Banco de Sabadell, Sociedad Anónima”, contra “Ecocir, Sociedad Anónima”, doña Jhasmin del Cisne Maldonado y don Roldán José Jiménez Alberca, debo declarar y declaro haber lugar a:

a) Resolver el contrato de arrendamiento financiero objeto de estos autos, condenando a los demandados a devolver la finca que constituía su objeto.

b) Condenar a los demandados a pagar al actora la cantidad de 12.125,66 euros.

c) Condenar a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 73.589,98 euros como indemnización de daños y perjuicios.

d) Condenar a los demandados a pagar los gastos e impuestos que se deriven del incumplimiento de los demandados, así como de los daños que pudiese tener la finca arrendada.

e) Condenar a los demandados a pagar los intereses pactados de las anteriores cantidades.

f) Imponer a los demandados el pago de las costas procesales ocasionadas a la demandante.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo, haciendo saber a las partes que contra ella cabe recurso de apelación que podrá interponerse ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación, siendo necesario hacer un depósito por valor de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a doña Jhasmin del Cisne Maldonado Camacho, don Roldán José Jiménez Alberca, “Ecocir, Sociedad Limitada”, y “Empresa Constructora Obras Civiles Roldán” la anterior resolución.

En Madrid, a 7 de marzo de 2012.—El secretario (firmado).

(02/2.417/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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