Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
24-03-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120324-205

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

205
Ejecución 31 de 2012

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.006 de 2010, ejecución número 31 de 2012-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Francisca Cruz Barral, doña María de los Ángeles de la Colina Bautista, doña Vicenta Ramos Díez, don Rubén Muñoz Farrona, doña Araceli Carazo Aguilera, doña Silvia García Torres, doña Sandra Bocero Cruz, doña Alicia Araujo Ortega, don Gonzalo Cuesta Casas, doña Sara Oliva Muñoz, doña Mónica Álvarez Domínguez, don Carlos Sánchez Mellado, don Iván Díez Alonso y don Manuel Gallego Ballesteros, contra la empresa “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Meana.—En Madrid, a 16 de febrero de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 11 de abril de 2011, aclarada por auto de fecha 15 de julio de 2011, a favor de las partes ejecutantes doña Francisca Cruz Barral, doña María de los Ángeles de la Colina Bautista, doña Vicenta Ramos Díez, don Rubén Muñoz Farrona, doña Araceli Carazo Aguilera, doña Silvia García Torres, doña Sandra Bocero Cruz, doña Alicia Araujo Ortega, don Gonzalo Cuesta Casas, doña Sara Oliva Muñoz, doña Mónica Álvarez Domínguez, don Carlos Sánchez Mellado, don Iván Díez Alonso y don Manuel Gallego Ballesteros, frente a la parte ejecutada “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, por un principal de 22.599,42 euros (8.530,77 euros a favor de doña Francisca Cruz Barral, 5.850,43 euros a favor doña María de los Ángeles de la Colina Bautista, 1.451,12 euros a favor de doña Vicenta Ramos Díez, 1.355 euros a favor de don Rubén Muñoz Farrona, 946 euros a favor de doña Araceli Carazo Aguilera, 437,58 euros a favor de doña Silvia García Torres, 400,18 euros a favor doña Sandra Bocero Cruz, 448 euros a favor de doña Alicia Araujo Ortega, 280 euros a favor de don Gonzalo Cuesta Casas, 284,24 euros a favor de doña Sara Oliva Muñoz, 258,06 euros a favor de doña Mónica Álvarez Domínguez, 400,18 euros a favor de don Carlos Sánchez Mellado, 519,86 euros a favor de don Iván Díez Alonso y 1.438 euros a favor de don Manuel Gallego Ballesteros), más la cantidad de 1.355,96 euros de intereses y 2.259,94 euros de costas, calculados provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación de conformidad a lo establecido en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número 2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Y todo ello sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en los artículos 551, 556 y 559 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 16 de febrero de 2012.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la practica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora que les consten, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar la insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2805/0000/30/0031/12 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.419/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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