Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
24-03-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120324-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

162
Ejecución 4 de 2011

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 4 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Stanley Reinaldo Mendoza Alvarado, contra la empresa “Nunki Tres Ibérica, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Siendo firme la liquidación de intereses, póngase a disposición de la parte actora la cantidad de 104,80 euros en concepto de intereses, debiendo para ello comparecer en la Secretaría de este Juzgado a fin de retirar el oportuno mandamiento, una vez firme la presente resolución.

Y habiéndose pagado el principal y puestos a disposición los intereses, de conformidad con lo previsto en el artículo 269 de la Ley 36/2011, practíquese tasación de costas, de cuyo resultado se dará traslado a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo de diez días:

a) Por indebida, si se hubiesen incluido en ella partidas, derecho o gastos indebidos.

b) O por excesivos los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujeto a arancel.

c) O por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito, profesional o funcionarios no sujeto a arancel, honorarios de abogado, perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel.

d) Y que en su caso en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de esta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención (artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo ordeno, mando y firmo.—Doy fe.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar ante el secretario judicial de este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Tasación de costas

Que practica el secretario judicial que suscribe en las presentes actuaciones tramitadas con el número de ejecución 4 de 2011, a instancias de don Stanley Reinaldo Mendoza Alvarado contra “Nunki Tres Ibérica, Sociedad Limitada”.

Honorarios de letrado, según minuta: 400 euros.

Suma total: 400 euros.

Importe la presente tasación de costas la suma total de 400 euros.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nunki Tres Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.294/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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