Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
24-03-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120324-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1

EDICTO

113
Juicio de faltas 125 de 2011

El secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Majadahonda.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 125 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

La ilustrísima señora doña Elena Cortina Blanco, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 1 de este partido, ha visto los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 125 de 2011, por una presunta falta de hurto, interviniendo como denunciante don Francisco José García Sánchez, como perjudicado el establecimiento “Carrefour” y como denunciado doña Clementa Cretu, y con asistencia del ministerio fiscal, habiendo recaído la presente resolución con base en los siguientes:

Que debo condenar y condeno a doña Clementa Cretu, como autora responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena, de un mes de multa, con una cuota diaria de 5 euros, quedando sujeta, caso de no satisfacerla, a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, durante los cuales las actuaciones se encontrarán en Secretaría a disposición de las partes.

El escrito de formalización del recurso habrá de presentarse ante este órgano que dictó la resolución que se impugne y se expondrán ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Asimismo, se poner en conocimiento de doña Clementa Cretu, que en el caso de no interponer recurso contra la sentencia, deberá proceder en el plazo de diez días al ingreso de la cantidad requerida en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (número 2672/0000/76/0125/11).

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Clementa Cretu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 15 de febrero de 2012.—El secretario (firmado).

(03/7.433/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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