Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64
Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120315-75
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección Decimonovena
EDICTO
Doña Margarita Martín Uceda, secretaria de la Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid.
Hace saber: Que en los autos que se indicarán se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 560
Ponente: ilustrísimo señor don Ramón Ruiz Jiménez.
Ilustrísimos señores magistrados: don Epifanio Legido López, don Ramón Ruiz Jiménez y don Miguel Ángel Lombardía del Pozo.—En Madrid, a 1 de diciembre de 2011.
La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los señores magistrados expresados, ha visto en grado de apelación los autos de procedimiento ordinario número 175 de 2004, provenientes del Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala número 566 de 2011, en el que han sido partes, como apelante don Javier Salvador Parra y “Comercio Relojero Exteriores, Sociedad Anónima”, que estuvieron representados por la procuradora doña Myriam Garrido Rodríguez, y de otra, como apelada, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, que vino al litigio representado por la procuradora doña María Asunción Miguel Aguado, habiendo estado ambas partes defendidas por letrado, y doña Ángela Torreguitart Ricard, en situación procesal de rebeldía.
Visto, siendo ponente el magistrado ilustrísimo señor don Ramón Ruiz Jiménez, que expresa el común parecer de este Tribunal.
Fallamos
Desestimar el recurso interpuesto por don Javier Salvador Parra y “Comercio Relojero Exteriores, Sociedad Anónima”, contra la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid, en procedimiento ordinario número 175 de 2004, seguido a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, confirmando la misma e imponiendo a la apelante las costas de la alzada.
Notifíquese esta sentencia a las partes y dese cumplimiento al artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Así, por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los ilustrísimos señores magistrados de este Tribunal.
Y para que conste y sirva de notificación de esta sentencia, a través de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a doña Ángela Torreguitart Ricard, declarada en rebeldía y en ignorado paradero, expido y firmo el presente.
En Madrid, a 19 de diciembre de 2011.—La secretaria (firmado).
(02/79/12)