Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
10-03-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120310-166

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

166
Demanda 751 de 2011

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 751 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen López Cabreros, contra Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda interpuesta por doña María del Carmen López Cabreros, contra Asociación Promotora de Cortes de Arbitraje, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de doña María del Carmen Cabreros, acordado con efectos del día 19 de mayo de 2011, condenando a la demandada a que a su elección opte, dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente sentencia, entre la readmisión de la trabajadora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes del despido, o bien el abono de la indemnización de 3.297,15 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por la trabajadora, computados desde el día 15 de enero de 2010 hasta la fecha del despido (19 de mayo de 2011); así como al abono de los salarios de tramitación, devengados desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la presente sentencia, a razón de 51,72 euros diarios.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número 2525, que tiene abierta en el “Banesto”, Madrid Urbana, calle Princesa, número 2, 28020 Madrid (código entidad 0030, código oficina 1143), debiendo aportar justificantes de ingreso.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Asociación Promotora Española de Cortes de Arbitraje, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.920/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120310-166