Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
10-03-2012

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120310-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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Resolución de 25 de enero de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Concentronic, Sociedad Anónima”, y el representante legal de los trabajadores (PCM-696/2011).

Vista el acta de la mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 25 de enero de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM-0696/2011.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del lunes 21 de noviembre de 2011.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Clemente de la Casa Díaz.

Vocal: Don Carlos Jacob Sánchez.

Vocal: Don José María Roncero G. de Bonilla.

Vocal: Don Julio Canalda Bobas.

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha miércoles 16 de noviembre de 2011, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Miguel Echenique Gordillo, en calidad de representante legal.

Don Fernando Bravo Moreno, en calidad de representante legal.

La empresa “Concentronic, Sociedad Anónima”, domiciliada en calle Agustín de Foxá, número 20, bajo, de Madrid.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Pedro Macedo Rodríguez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Pablo Santiago Romero, en calidad de asesor de CC OO.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Pedro Macedo Rodríguez, representante legal de los trabajadores

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. La empresa hace entrega, en este acto, de las cuentas auditadas de los años 2009 y 2010 a la representación legal de los trabajadores.

2. La empresa se compromete con el siguiente calendario de pagos:

a) El 15 de diciembre se pagará el mes de octubre.

b) El 31 de diciembre se pagará el 50 por 100 de la paga extra de diciembre a aquellos trabajadores que les corresponda paga.

c) El 15 de enero de 2012 se pagará el mes de noviembre.

d) El 15 de febrero se pagará el mes de diciembre y el 50 por 100 de la extra de diciembre restante.

e) El 28 de febrero se pagará la nómina de enero.

f) El 15 de marzo se pagará el mes de febrero.

g) El 31 de marzo se pagará la nómina del mes de marzo.

3. El incumplimiento de este acuerdo dará lugar a que la representación legal de los trabajadores tome las medidas que considere oportunas.

4. En base a este acuerdo, la representación legal de los trabajadores se compromete a desconvocar la huelga prevista.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y cuarenta horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/4.235/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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