Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120306-69
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20
EDICTO
Don Manuel Cristóbal Zurdo, secretario del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.
Hago saber: Que en los autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado con el número 437 de 2011, a instancias de la comunidad de propietarios de la calle San Virgilio, número 5, de Madrid, contra herencia yacente de doña Encarnación Bañares Alarmes y don Juan García Cruz, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia
En Madrid, a 20 de octubre de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid, los autos de juicio verbal registrados con el número 437 de 2011, derivados de demanda presentada por la comunidad de propietarios de la calle San Virgilio, número 5, de Madrid, representada por el procurador señor Aguilar España, bajo la dirección letrada del señor Blanco Blanco, contra la herencia yacente de doña Encarnación Bañares Alarmes y don Juan García Cruz, en reclamación de 5.935,04 euros, dicta la presente resolución en base al siguiente.
Fallo
Que estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador señor Aguilar España, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle San Virgilio, número 5, de Madrid, contra la herencia yacente de doña Encarnación Bañares Alarmes y don Juan García Cruz, se condena a la demandada al pago de la cantidad de 5.935,04 euros, cifra que devengará los intereses previstos en el artículo 1.101 del Código Civil desde la fecha de interposición de la demanda hasta la fecha de esta sentencia, devengando desde este momento y hasta el total pago del principal los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Las costas de esta primera instancia se imponen a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de prepararse en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.
Para el anuncio o preparación del recurso será necesario consignar un depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número de cuenta del Juzgado 2448 del “Banco Español de Crédito”, código de la entidad 0030, código de la oficina 1845, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y para que sirva de notificación en forma a la herencia yacente de doña Encarnación Bañares Alarmes y don Juan García Cruz, se extiende la presente.
En Madrid, a 21 de octubre de 2012.—El secretario (firmado).
(02/1.361/12)