Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29
Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-18
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
La Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), ha solicitado la cesión de uso del inmueble sito en la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, con el fin de cumplir con las funciones sociales que desarrolla esta Entidad sin ánimo de lucro, según se establece en sus estatutos.
No se juzgan previsibles la afectación y explotación del inmueble, catalogado como bien patrimonial de la Comunidad de Madrid.
Por ello, cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid y siendo competente esta Consejería de Economía y Hacienda para autorizar la cesión,
DISPONGO
Primero
Ceder el uso a la Confederación de Comercio Minorista, Autónomos y de Servicios de la Comunidad de Madrid (CECOMA), del local de la calle Reina Mercedes, números 1-3, de Madrid, por plazo de cinco años, prorrogables por otros cinco, a partir de la fecha de la puesta a disposición efectiva del mismo.
Segundo
El local se destinará por la cesionaria a las funciones sociales que desarrolla esta asociación sin ánimo de lucro, según se establece en sus estatutos.
Tercero
Si el bien cedido no fuera destinado a los fines previstos se considerará resuelta la cesión, revirtiendo los bienes a la Comunidad de Madrid, que tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor de los daños y perjuicios y el detrimento que hubieran experimentado.
Cuarto
Todos los gastos y tributos que afecten al local cedido, serán a cargo de la cesionaria.
Quinto
La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 25 de abril de 2011.
El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA
(03/2.451/12)