Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29
Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120203-19
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
La Asociación de Emprendedores de la Comunidad de Madrid (ASECAM), asociación sin ánimo de lucro, ha solicitado la cesión de uso del inmueble sito en la calle León, número 24, cuarto interior, a efectos de destinarlo como sede para la instalación de sus oficinas, para garantizar el cumplimiento de sus fines, contenidos en el número dos de sus estatutos.
No se juzgan previsibles la afectación y explotación del inmueble, catalogado como bien patrimonial de la Comunidad de Madrid.
Una vez comprobada la habitabilidad del inmueble por el Servicio de Investigación e Inspección Patrimonial, cumpliéndose los requisitos establecidos en el artículo 56 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, y siendo competente para autorizar la cesión de uso del inmueble, la Consejería de Economía y Hacienda
DISPONE
Primero
Ceder el uso a la Asociación de Emprendedores de la Comunidad de Madrid (ASECAM), por plazo de cinco años prorrogables por otros cinco, a partir de la fecha de la puesta a disposición efectiva del mismo.
Segundo
El local se destinará por el cesionario a los fines previstos en sus estatutos.
Tercero
Si el bien cedido no fuera destinado a los fines previstos se considerará resuelta la cesión, revirtiendo los bienes a la Comunidad de Madrid, que tendrá derecho a percibir indemnización, previa tasación pericial, por el valor de los daños y perjuicios y por el detrimento que hubieran experimentado.
Cuarto
Todos los gastos y tributos que afecten al inmueble cedido serán satisfechos por la entidad cesionaria.
Quinto
La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 1 de junio de 2011.
El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA
(03/2.453/12)